Normas básicas de Comportamiento y Reglamento de funcionamiento
Normas de comportamiento mínimo exigible a pacientes, familiares o visitantes para respetar el derecho a la intimidad, cultura, creencias, valores y dignidad de las personas.
NORMAS GENERALES
- Tratamiento con respeto evitando el tuteo.
- Evitar «presencias innecesarias» en las citas a control o evaluación.
- Evitar conversaciones o comentarios superfluos al margen que transmitan menosprecio ante otros pacientes y personal del Centro Médico por su raza, procedencia social, sexo o religión, así como de la evolución clínica de los pacientes.
- Mantener el aseo.
- Evitar visitas sin agenda
- Respetar la sesión del paciente del box conjunto.
- Contribuir a la limpieza de las instalaciones, evitando tirar basura al suelo u otros lugares que no sean los basureros.
- No intentar informarse del proceso de otros pacientes no familiares, sólo porque son «conocidos», ni transmitir diagnósticos ajenos.
- Los niños son su responsabilidad, favor que el comportamiento de ellos sea el adecuando, evitando que haya molestia con otros pacientes o profesionales de la salud del centro, en última instancia se sugiere que los menores que no sean pacientes no asistan al centro debido a los tiempos de espera y que ellos se aburran.
- Los reclamos, favor de canalizaros en el sitio web en la casilla contacto, donde dejará registro y el personal del Centro estará obligado a dar respuesta en un plazo de 5 días hábiles.
- Siga las instrucciones del personal de salud del centro médico en especial si hubiera situaciones de emergencia.
EN CONSULTA O BOX
Lunes a Viernes 09:00 a 20:00 Horario Continuado
EN SALA DE ESPERA
- Mantener despejados los pasillos.
- Respetar el silencio en pasillos y tono apropiado dentro del box de atención.
- Utilizar las medidas de separación (cortinas, biombo…) en habitaciones, salas de observación y de exploración en situaciones de intimidad.
- El Centro Médico no se hace cargo de los objetos personales que el paciente y/o acompañante tengan.
Términos Legales
- Ley 20.584 regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
- Ley 19.628 sobre protección de la vida privada.
- Decreto 31 consentimiento informado.
- Decreto 35 procedimiento de reclamo.
- Decreto 38 derechos y deberes de salud.
- Decreto 41 reglamento fichas clínicas.
- Ley 21.188 Regula la agresión o amenazas al personal de salud